13 de mayo de 2010

El concejo quiere saber cual es la diferencia

Entre la clausula decima septima y la decima octava.

El señor Lubìn Ramos Lázaro, ponente de la proposición 050, insiste en que Centrales Eléctricas debe aclarar y explicar la diferencia entre esas clausulas, teniendo en cuenta que la DECIMO SEPTIMA habla de la terminación ANTICIPADA y la DECIMO OCTVA de la duración del CONVENIO entre el municipio y CENS.

Ramos Lázaro manifiesta que la administración del señor Gustavo Adolfo Maldonado, informó a Centrales sobre la terminación del contrato 18-26-200 en el tiempo acordado dentro de ese convenio.

“Desde el gobierno local del ex alcalde José Antonio Bermúdez Cabrales, se realizaron ADENDOS de 6 meses cada uno, ¿porqué en la administración del ex mandatario municipal David Alberto Simanca (q.e.p.d.), se realiza OTRO SÌ con la misma numeración del último ADENDO? Pregunta el cabildante Lubìn Ramos Lázaro

Sigue la polémica por el impuesto de alumbrado pùblico.

¿…En que se basa Centrales Eléctricas para cobrar el impuesto del alumbrado público en la zona rural del municipio de Aguachica si ese sector no se está beneficiando con dicho servicio..?, es uno de los interrogantes que los concejales le harán al gerente de la empresa Prestadora de Energía, Rafael Vila Vega el próximo jueves 27 de mayo a partir de las 9 de la mañana, en el marco de la invitación que esa corporación hizo llegar al funcionario luego de darle aprobación a la proposición 050.

Con el cuestionario que le tiene preparado la corporación edilicia al gerente de CENS, vuelve a abrirse el debate en torno al cobro del alumbrado público en la ciudad, ya que los cabildantes insisten en que se les entregue una repuesta en torno al valor facturado y recaudado mensualmente por concepto de alumbrado público y que además se especifique por estrato el recaudo y el porcentaje que representa cada uno de los estratos que se aplican en Aguachica.

El concejal Ramos Lázaro sostiene que en las administraciones de David Simanca y Luz Irina Pérez se hace otro sì sin fijar tiempo de ejecuciòn del contrato 18-26-2000.

Y seguidamente el cabildante insiste: “ ¿ entonces qué tiempo de duración tendrían estos OTROS SÌ- si el ADENDO 3 fija 6 meses y han pasado dos administración ?

El gerente de Centrales Eléctricas deberá subsanar esos interrogantes y muchos otros que le han formulado por escrito el cabildo municipal para que el jueves 27 de mayo los responda en las instalaciones de la corporación.

El concejo pide también que el gerente de Centrales, Rafael Vila Vega anexe copias de las revisiones de tarifas realizadas entre el municipio y CENS, de acuerdo con las disposiciones de la Comisión Reguladora de Energía desde el 2001 hasta el último ADENDO.

Por: Dagoberto Férez 

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